Régimen interior

Última modificación:

Base jurídica

RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de ésta de medidas precontractuales.

Fines del tratamiento

Gestión y administración interna de la Agencia.

Los usos son los derivados de la gestión de los activos relacionados con el funcionamiento y gestión interna de la AEPD (personas usuarias, administración de red, estadísticas, control de llaves de las dependencias de la Agencia, gestión de tarjetas identificativas del personal...).

Gestión del Servicio Local de Protección de Información Clasificada y Punto de Control responsabilidad de la AEPD.

Colectivo

Personal propio y externo que presta servicio en la sede de la AEPD. Datos de las empleadas y empleados de la AEPD que soliciten la Habilitación Personal de Seguridad para el acceso a la información clasificada en el Subregistro Principal de la AEPD.

Categorías de Datos

Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documento identificativo, dirección, teléfono, imagen, firma.

Datos de detalle de empleo: puestos de trabajo.

Otros datos: nombre de usuario, contraseña.

Sobre los documentos objeto de tratamiento por el Subregistro Principal de la Oficina Nacional de Seguridad en la AEPD, otras categorías de datos de carácter personal: Datos de características personales, de circunstancias sociales, académicos y profesionales, de detalles de empleo.

Categoría personas destinatarias

Los datos relativos a las solicitudes de Habilitación Personal de Seguridad se remitirán a la Oficina Nacional de Seguridad para su revisión.

Transf. Internacional

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

Plazo supresión

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información de la AEPD.

Entidad responsable

Agencia Española de Protección de Datos

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