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¿Cuál es el ámbito de aplicación del RGPD?

El RGPD, además de aplicarse como hasta ahora a responsables o encargados de tratamientos de datos establecidos en la Unión Europea, contempla su aplicación a aquellos responsables y encargados, que si bien no se encuentran establecidos en la Unión, realicen tratamientos derivados de una oferta de bienes o servicios destinados a ciudadanos de la Unión o como consecuencia de una monitorización y seguimiento de su comportamiento.

Para que esa ampliación del ámbito de aplicación pueda hacerse efectiva, esas organizaciones deberán nombrar un representante en la Unión Europea, que actuará como punto de contacto de las Autoridades de supervisión y de los ciudadanos y que, en caso necesario, podrá ser destinatario de las acciones de supervisión que desarrollen esas autoridades. Los datos de contacto de ese representante en la Unión deberán proporcionarse a los interesados entre la información relativa a los tratamientos de sus datos personales.

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