Sí, en los supuestos de patria potestad compartida.
Con independencia de quien tenga atribuida la custodia, ambos progenitores tienen derecho a recibir la misma información sobre las circunstancias que concurran en el proceso educativo de sus hijos, lo que, en su caso, obligaría al centro educativo a duplicar la información relativa al proceso formativo de sus hijos, salvo que se aportase resolución judicial por la que se establezca la privación de la patria potestad a alguno de los progenitores, o algún tipo de medida que prohíba la comunicación con el menor.
En estos casos, el centro educativo, o la Administración Educativa deberán implantar las medidas técnicas y organizativas adecuadas que, en cumplimiento de la normativa sobre protección de datos, proporcionen seguridad en el tratamiento de los datos personales y eviten daños y perjuicios a los titulares de los datos.