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¿Puede el personal administrativo del centro sanitario acceder a la Historia Clínica?

El personal de gestión y administrativo solo puede acceder a los datos de la Historia Clínica necesarios para el ejercicio de sus funciones. En esta situación se encuentra, en general, el personal de administración y servicios (servicio de admisión, personal encargado de atención al paciente, gestión de citas, gestión administrativa y de personal del centro, informática…), así como los cargos de dirección de un centro.

Todo el personal que acceda a los datos de una Historia Clínica en el ejercicio de sus funciones está sujeto al deber de secreto.
 

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