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Nota informativa de la AEPD

9 de Septiembre de 2026

En relación con las informaciones publicadas en las que se hace referencia a un informe de la Oficina de Comunicación del Ministerio del Interior que incluye nombres de periodistas junto a observaciones sobre su supuesta ideología o tendencias políticas, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) informa sobre las siguientes cuestiones:

  • La AEPD ha decidido iniciar una investigación de oficio para analizar, entre otros aspectos, la naturaleza, alcance, utilización y base jurídica de este tratamiento de datos personales, sin que el inicio de estas actuaciones prejuzgue la existencia de una infracción.
  • La Agencia recuerda que todo tratamiento de datos personales debe cumplir con los requisitos del artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) -entre ellos el principio de limitación de la finalidad- y del artículo 6 -existencia de una base de licitud-. Ello sin perjuicio de que, además, cuando se trata de datos de categorías especiales, como datos de ideología u opiniones políticas, ha de existir una causa que levante la prohibición general de su tratamiento establecida en el artículo 9.1 del RGPD.
Portal de la Agencia Española de Protección de Datos

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