Nota informativa sobre la baliza V16 conectada, el dispositivo que deberán llevar los vehículos desde enero de 2026
A partir del 1 de enero de 2026 será obligatorio que los vehículos utilicen la baliza V16 conectada para señalizar averías o situaciones de emergencia en carretera. En relación con los mensajes que están circulando en diversos foros sobre este tema y con el propósito de ofrecer información a la ciudadanía, la Agencia Española de Protección de Datos expone lo siguiente:
La baliza de preseñalización de peligro V16 incorpora una luz visible y envía un aviso automático a los sistemas de tráfico cuando se activa. Esta comunicación transmite el lugar donde se encuentra el vehículo detenido y un identificador técnico del propio dispositivo. Ese identificador no está asociado a una persona o matrícula, sin que exista un registro que vincule el dispositivo con la identidad de quien lo utiliza.
La persona que adquiere la baliza no tiene que dar sus datos personales a ninguna administración al adquirirlo, por lo que la Dirección General de Tráfico (DGT) no conocería quién ha comprado el dispositivo.
Mientras no se activa, la baliza no transmite ningún dato y, en caso de ser activada ante una situación de emergencia, la información que se envía no permitiría conocer quién es la persona que conduce ni reconstruir sus desplazamientos. La baliza emite una señal mientras está encendida y deja de hacerlo al apagarse, sin generar historiales de movimientos o envío de datos de manera continua.
La norma recoge que estos dispositivos están destinados exclusivamente a la visibilización del vehículo accidentado y el envío de la ubicación de un incidente al activarse, prohibiendo expresamente que incorporen funcionalidades adicionales.
La obligatoriedad de la utilización de la baliza V16 está recogida en el Real Decreto 159/2021 que regula los servicios de auxilio en las vías públicas, modificado por el Real Decreto 1030/2022.