Marco normativo y régimen jurídico

Última revisión

Marco normativo

La Agencia Española de Protección de Datos se regula por su normativa específica.

El marco normativo de la AEPD está constituido por las siguientes disposiciones:

REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) [4 marzo 2021]

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) [23 mayo 2018]

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Real Decreto 389/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Régimen jurídico aplicable

La Agencia está sujeta al Derecho Administrativo tanto en el ejercicio de sus competencias como en su régimen patrimonial y de contratación.

El Régimen Jurídico aplicable a la AEPD es:

Ejercicio de competencias: se rige por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 02.10.205).

Régimen patrimonial: resulta aplicable la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (Disposición Adicional 5ª).

Contratación: está sujeta a la  Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (artículo 3.1.c).

Medios personales y materiales

Medios personales y materiales con los que cuenta para desarrollar sus funciones:

Personal: Funcionarios de las administraciones públicas y personal laboral contratado al efecto, según la naturaleza de las funciones asignadas a cada puesto de trabajo, Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

Presupuesto: Cuenta con un presupuesto integrado, con la debida independencia, en los Presupuestos Generales del Estado. La Agencia está sometida a los preceptos de la  Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria que le sean de aplicación.

El control externo se ejerce por el Tribunal de Cuentas y el interno por la Intervención General del Estado (IGAE).