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Consultas más relevantes atendidas a través del Canal del DPD

Última modificación:

El artículo 39.1.e) del RGPD establece como funciones de los DPD el ser punto de contacto sobre tratamientos de datos con la autoridad de control y a este efecto conforme a los requisitos que se exponen en la norma 4 de la Instrucción 1/2021 por la que se establecen directrices respecto de la función consultiva, la AEPD puede ser consultada por los DPD bajo ciertos requisitos coherentes con el principio de responsabilidad proactiva.

Desde la puesta en marcha del Canal del DPD, las consultas que se vienen atendiendo se responden en base a los criterios previamente establecidos por el Gabinete Jurídico de la AEPD.

Se incluye a continuación una selección de consultas relevantes que han sido planteadas por los DPD de las Administraciones Públicas: